El Tribunal se trasladó y constituyó en la Casa sin Número, Calle N° 15, de la urbanización Padre Chacin; de esta Ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico; el Tribunal deja expresa constancia que el Ciudadano: Notificado procede de forma pacifica y voluntaria a retirar sus cosas tales como Ropa, Calzado y efectos personales, no retirando ninguna otra cosa; retirando las citadas pertenencias personales en dos (02) bolsas plásticas y un maletín viajero a medio llenar las (02) bolsas plásticas son de aproximadamente 20 kilos c/u. En estricto cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de la Causa.-