En razón de los precedentes considerados, este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos que incoase la ciudadano AGGI ANDRIMAR TORRES MORENO en contra de MEDI PHAR C.A, y se condena a la demandada, MEDI PHAR C.A al pago de la suma de BOLIVARES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE CON CEROTREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 195.927,38) mas los intereses moratorios y la indexación que se calcularan mediante experticia complementaria, asimismo se ordena que la misma se realice de conformidad a la motiva del presente fallo. Se condena en costas a la parte perdidosa.