Recibido mediante oficio Nº 180-12, emanado del Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, de fecha 06 de Noviembre de 2012, y recibido en esta instancia judicial en fecha 06-11-2012, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos: HILEN JOSE FIGUEROA y EDITA ALVARADO, madre de MARISOL ALVARADO, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 17.433.054 y V- 4.310.239, respectivamente, en relación a la Obligación de Manutención fijada entre ellos para con su nieta: xxxxxxxxxxxxxx, logrando el acuerdo conciliatorio el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecido y le imparte su homologación