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DECISIÓN
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO OCTAVO (8°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que intentara el ciudadano HENRI ALEZANDER ITRIAGO MORON, en contra de "CHINA CAMC ENGINERING C.O., LTD.", por motivo de REIVINDICACIONES SALARIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: SIN LUGAR la denuncia de fraude procesal y temeridad en la interposición de la presente demanda.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES atendiendo a lo previsto en el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
Publíquese, regístrese, y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitan.....