este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a su esposa MERCEDES ARMINDA BANDRES DE RUDENKO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.353.425, y a sus hijos VICTOR ALEXIS RUDENKO BANDRES, ERICK JOHANN RUDENKO BANDRES, DESIREE YASMIN RUDENKO BANDRES Y YENIREE DERIVIT RUDENKO BANDRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V-12.812.482, V-14.295.917, V-15.797.858 y V-18.066.178 como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados por el DE CUJUS PEDRO RUDENKO CHECHENKO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad .....