Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 886, que reposa en el Registro Civil de la Parroquia La Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, del Libro de Registro Civil de Nacimiento llevado en el año 1973.
, en el siguientes término: En donde dice "...OLGA BEATRIZ MACHADO DE CASTILLO...", debe decir "...OLGA MACHADO DE CASTILLO..."
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del .....