en consecuencia visto los términos del acuerdo transaccional celebrado, y el pago realizado por la parte oferente, el cual comprende los conceptos en el relacionados, este Juzgado le imparte homologación, en lo que a ello respecta; no así a la manifestación de que la empresa paga, a los fines de evitar cualquier demanda o reclamo judicial o extrajudicial de naturaleza civil y penal; lo cual en virtud de la materia, deberá ser ventilado por ante la autoridad correspondiente, la cual emitirá pronunciamiento sobre la solicitud de homologación en relación a los particulares señalados.
Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a presentar las copias simples respectivas.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA