Se observa que el penado fue detenido por primera vez el 08-10-2009,, estando privado hasta el día de hoy, 09-02-2011, por un tiempo de, UN (01) AÑOS, CUATRO (04) MESES y UN (01) DIA, mas el tiempo de la primera redención, de SEIS (06) MESES, Y CATORCE (14) DIAS lo que da un total de detención de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS ; faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS, pena que cumplirá el día, 24 de Marzo del 2012, oportunidad en que se le otorgará su libertad Corporal. Remítase Copia Certificada de la Sentencia y del presente auto a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de Los Morros, estado Guárico. Notifíquese al ciudadano Fiscal del Ministerio Público en fase de Ejecución, al Defensor y al penado. Cúmplase.