DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Fundo Maternidad", ubicado en el sector El Perico, Parroquia Cazorla, Municipio San Jerónimo de Guayabal del estado Guárico, constante de una superficie de doscientas ochenta y un hectáreas con tres mil quinientos setenta y un metros cuadrados (281 Has con 3.571 mts2) aproximadamente, alinderada de la siguiente manera; Norte: Agropecuaria Los Nidos; Sur: Terrenos ocupados por el Fundo Salaito; Este: Terrenos ocupados por Salaito y Oeste: Terrenos ocupados por el Fundo Mogollon y Fundo la Rubiera, a favor de la ciudadana Dino.....