este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por el ciudadano RAFAEL ANTONIO MINAYA HILARIO titular de las cédula de identidad Nro 16.203.748 por cobro de prestaciones sociales contra MESA TECNICA DE AGUA GRAN COLOMBIA, condenándose a la parte demandada, a pagar al actor la cantidad de OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bf. 8.986,54) derivada de los conceptos especificados en la motiva del presente fallo, mas lo que resulte de la experticia complementaria ordenadas en este fallo. SEGUNDO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo. TERCERO: Se condena en costas a la demandada de con.....