En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la ciudadana GILDA GARCES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 6.331.003, como experta contable en contra de auto fecha 03-02-2011, emanado del Juzgado 4° de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial mediante el cual se negó oír apelación . SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 03-02-2011, emanado del Juzgado 4° de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial y se ordena al mencionado Juzgado oir en ambos efectos el recurso de apelación contra del auto de fecha 20-01-2011 del Juzgado 4° de de Primera Instancia de.....