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Decisiones del dia 09/04/2014 |
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N° Expediente :
14.183
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/04/2014 |
Procedimiento: Nulidad De Asambleas |
Partes: SOCIEDADES MERCANTILES SIBLESZ & SALVATIERRA, C.A. E INVERSIONES CLABE, C.A. VS SOCIEDADES MERCANTILES INVERSORA EL PORTÓN 14, C.A. Y OTRAS |
Resumen:
DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULA la sentencia dictada el nueve (09) de agosto de dos mil trece (2013), por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y las actuaciones posteriores a la misma.
SEGUNDO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado que el Tribunal que resulte competente, deje transcurrir lo que resta del lapso probatorio acordado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha cuatro (4) de julio de dos mil trece (2013); y vencido éste se pronuncie sobre la procedencia o no de la oposición formulada por las co-demandadas op.....
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Juez/Ponente:
Evelyna D Apollo
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Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP11-V-2011-001356
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/04/2014 |
Procedimiento: Accion Reivindicatoria |
Partes: ANTONIO JOSE FIGUERA MEDINA VS SOCIEDAD MERCANTIL SERVICIOS PETROLEROS SAN ANTONIO DE VENEZUELA, C.A. |
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada, contenida en el ordinal 8 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, estos es la existencia de una cuestión prejudicial que debe resolverse en un proceso distinto, constituido por el juicio por , propuesto por ESTIMULACIONES Y EMPAQUES S.A. contra CARMEN JULIA ORTIZ ROA, FREDIS RAFAEL FRANCHI MORENO, ANTONIO FIGUERA MEDINA, PEDRO JESÚS CASTILLO RIVAS, CESAREA ESPINAL VASQUEZ, OSWALDIO QUEPI FRAUDE PROCESAL, conocido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, expediente No. BH11-V-2003-00033. Consiguientemente surten los efectos establecidos en el artículo 355 ejusdem.
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Juez/Ponente:
Luis Ernesto Gomez
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Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP31-S-2014-002020
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/04/2014 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: JESUS NUDERIN COLINA |
Resumen:
Conforme con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud, a favor del ciudadano JESUS NUDERIN COLINA, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.993.509. Así se decide.-
Se hace la salvedad que el presente Título se declara exclusivamente sobre las bienhechurías identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos del solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas. Aunado a lo anterior, el presente Título no convalida cualquier tipo de violación a la Ley, decreto u ordenanza en la cual haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dan origen a estas actuaciones.
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Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
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Organo:
Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente :
AP31-S-2013-005663
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/04/2014 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: ESTHELA MARIELA TARAZONA CONTRERAS |
Resumen:
Visto ello, el Tribunal a los fines de impartir aquí la HOMOLOGACION solicitada, previamente observa:
Establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
"En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal".
Estudiadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y tratándose de asuntos en los cuales esta legalmente permitido la celebración de actos de auto composición procesal, este Despacho estima la procedencia en derecho de impartir la Homologación correspondiente a dicho Desistimiento.
Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Octavo de Municipio Ordina.....
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Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
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Organo:
Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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