En el día 09/05/2008, esta Sala de Juicio le impartió la correspondiente Homologación a la CONCILIACIÓN DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, suscrita por los ciudadanos ROSIBETH MORALES MORENO y JONNY ALEXANDER VERA CARAVALLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad N° V-16.309.634 y N° V-11.668.664, respectivamente, en el acto conciliatorio celebrado en fecha 08/05/2008, a favor de su hija, la niña SE OMITEN DATOS, los términos allí expuestos todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva.