Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la Oferta Real presentada por la Empresa SNC LAVALIN INTERNACIONAL CO. INC SUCURSAL CARACAS S.A., al ciudadano, ARTURO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 12.027.514, y en consecuencia se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del presente expediente.