"En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARO legalmente SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: Primera Planta y anexo de la segunda planta de la casa y terreno ubicada en la Urbanización Nueva Caracas, Calle Méjico, Parroquia Sucre de Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital; y se puso en posesión de la parte actora ejecutante ciudadanos CARLOS ALBERTO SILVA ROMERO y DULCE VICTORIA RIOS CASTILLOS, antes identificados, designados depositaria del inmueble por el Tribunal Comitente, tal como se evidencia en la comisión, quienes estando presentes aceptaron los cargos recaídos y prestaron juramento de Ley; y recibieron conforme el inmueble supra identificado libre de personas y bienes, a excepción de los bienes muebles inventariados, determinados y avaluados por el perito designado, en el inventario que forma parte de la presente acta, los cuales según manifestación del de.....