este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA que el Juez de este Tribunal es INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos SORAYA DEL CARMEN BUSTAMANTE GARCES y HUGO ALFREDO AMESTOY YANES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.894.895 y V-6.824.778, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada LUISA ANDREÍNA BETANCOURT MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 35.422, en razón del territorio. En consecuencia DECLINA su competencia en los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave.
Remítase la solicitud, una vez quede la presente decisión definitivamente firme.
Regístrese, publíquese y déjese copia del presente f.....