Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al convenimiento celebrado entre las partes en el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) tiene incoado la Sociedad Mercantil RENTA INMOBILIARIA C.A (RINCA) contra la ciudadana RIVAS FRANCO JUDITH DEL VALLE, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ASÍ SE DECIDE.-
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los __________ días del mes de ______________ del dos mil dos. Años 196° y 147°.
LA JUEZ
ABG. IRENE GRISANTI CANO
EL SECRETARIO
ABG. RAFAEL ABREU.....