DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, intentado por los ciudadanos MARIA JOSÉ VILLANUEVA CASTRO y HUMBERTO LUIS ALEA UZCATEGUI, ya identificados en autos, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído en fecha 18 de julio de 2003, por ante el Prefecto del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJASE COPIA.
Notifíquese Prefecto del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda y al Registrador Principal.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho de éste Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los nueve (09) día.....