PROCEDENTE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana CARMEN HERNANDEZ, contra el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA ANTONIO DE SUCRE. En consecuencia, se ordena al Instituto querellado, la inmediata restitución de la situación jurídica lesionada de la quejosa, en el sentido, de proceder al cumplimiento de la orden de reenganche y el pago de los salarios caídos de la ciudadana CARMEN HERNANDEZ, en los términos y condiciones expuestos en la providencia administrativa P.A Nº 00842/09 del 10-12-2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, para lo cual se concede un lapso de cuarenta y ocho (48) horas, a partir de la publicación del fallo en la presente acción.