En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
UNICO: Declara el ABANDONO TACITO ante la falta de instancia del procedimiento la presente querella acusatoria seguida por el ciudadano MANUEL ANTONIO ACERO GONZALEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 5.619.820, casado, productor agropecuario y domiciliado en el Fundo denominado La Pica, sector Los Leones, Jurisdicción del Municipio José Félix Ribas, Tucupido, Estado Guárico, en contra de los ciudadanos ADARCIA BAUTISTA MIRANDA MARTINEZ y JOSE GREGORIO MIRANDA, venezolanos y titulares de las cedulas de Identidad No. 852092 y 12.363.566 en su orden, de 60 y 39 años para ese instante, respectivamente, domiciliados en el caserío Los Leones, Jurisdicción del Municipio José Félix Ribas, Tucupido, Estado Guárico, por la presunta co.....