-DISPOSITIVO-
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos que dispone el artículo 253 del texto Constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR la impugnación de la cuantía de la demanda, efectuada por la parte demandada, ciudadano Héctor José Vázquez, estableciéndose como cuantía de la presente pretensión la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (7.200,00 Bs.f.).
-SEGUNDO: Se declara LA INCOMPETENCIA POR LA CUANTIA PARA CONOCER de este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLINANDO tal competencia en los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a quienes se acuerda remitir el presente expediente, a los fines de su conocim.....