Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION de fecha dieciocho (18) de julio de 2008, suscrita por el abogado Over Arnesto Cipriani, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y por la ciudadana Anaís del Carmen Corona, parte demandada, debidamente asistida de abogado, todos identificados al inicio del presente fallo, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: respecto a la solicitud de dos (02) juegos de copias certificadas del escrito de transacción y de la sentencia de homologación, se acuerda de conformidad con el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO : Dada la especial naturaleza del fall.....