"...Acto seguido este Tribunal a solicitud de la parte actora, de las Apoderadas Actoras y en cumplimiento de su misión declara SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: Apartamento destinado a vivienda principal, distinguido con el número y letra dos raya "S" (2-S), situado en la planta número diez (10) entre los ejes 2-3 y B-C; con entrada por el pasillo número dos (2) de la Planta Número diez (10) de la Torre 203-Caroata del Conjunto denominado Parque Central, Zona II, Jurisdicción de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital..."