Se dictó Sentencia Definitivia, mediante el cual se declaró: PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de los codemandados. SEGUNDO: CON LUGAR la Pretensión de Cobro de Bolívares intentado por la sociedad de comercio MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil LUNCHERÍA RESTAURANT MIMI DUDU, C.A., y la ciudadana CATHERINE SCARLET FAVIER CHACIN. TERCERO: Se CONDENA a los codemandados al pago de la suma de ciento doce mil quinientos (Bs. 112.500), por saldo del pagaré. La cantidad de diez mil cuatrocientos sesenta y dos bolívares con 50/100 céntimos (Bs. 10.462,50) por intereses moratorios desde el 31/10/2008 hasta el 16/02/2009. Al pago de los intereses moratorios que se sigan devengando a partir del 17/02/2009 hasta la fecha en que quede firme el fallo, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fallo, según lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo previsto en los artículos 274 del Código de Procedimiento Civil, se con.....