SEGUNDO
Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A, éste Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: YIMMY RAFAEL PALMA RONDON y DAISY MAITE FUNES, identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante La Primera autoridad Civil de la Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, en fecha 08 de Septiembre del año 1990, según consta en copia certificada del Acta de matrimonio Nº 115.-
Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo y ejecútese.
Dada firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en la ciudad de San Juan de los Morros, a los Diez (10) días del mes de Mayo del año Dos mil Doce (2012). Años 202° de la Independencia y 152° Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,
DRA: JANILBET COROMOTO MORALES BAUTISTA
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