En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos GUSTAVO CORNELIO VUURMAN CHIRINOS y MARIA ELVIRA BAHAMONDE AGRELA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.348.498 y V-16.815.462, respectivamente, decretada el 13 de noviembre de 2012, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 16 de julio de 2010, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo El Hatillo del Estado Miranda, según consta en Acta N°. 169, correspondiente al año 2010, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.