este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Embargado Ejecutivamente el siguiente bien inmueble: Un (1) Local Comercial distinguido con la letra y número L-UNO (L-1), situado en la Planta Baja del edifico EL DORADO, ubicado en la Avenida Tamanaco, Urbanización El Llanito, Sector Comercio Vecinal, Parroquia Petare, Municipio Sucre, Estado Miranda, Caracas, el cual tiene una superficie aproximada es de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUATRO DECIMETROS (65,04 m2), a dicho Local le corresponde el derecho de uso exclusivo de un deposito con un área de TRES METROS CUADRADOS CON DOCE DECIMETROS (03,12 m2), cuyas medidas y linderos se encuentran suficientemente identificados en la comisión, el cual le pertenece al codemandado JOSE CONCEPCIÓN BUSTAMENTE GUERRERO, según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio.....