PRIMERO: CONDENA al acusado ALI EDUARDO JIMENEZ BARRIOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.207.835, natural de Barrancas del Orinoco, Estado Monagas nacido en fecha 18 de abril de 1973, de 33 años de edad, hijo de Inés Barrios (v) y Julio Jiménez (v), casado, comerciante, residenciado en el Barrio Carlos Andrés Pérez, Calle Bellavista casa sin número de la ciudad de Zaraza del Estado Guarico , por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PUBLICO a cumplir la pena de UN AÑO y SEIS MESES DE PRISIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 74 ordinal 4º eiusdem y 367 y 376 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.