DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
CONDENA: ADRIAN JOSÉ ESPINOZA NATERA, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 27-07-1989, de 18 años de edad, de profesión u oficio ESTUDIANTE, de estado civil Soltero, hijo de DORIS VELASQUEZ (V) y de YORMAN ESPINOZA (V), residenciado en: LOS FRAILES DE CATIA, CALLEJON SIEMPRE VIVA, CASA Nº 15, CARACAS, TELEFONO: 0212-873.31.66; 0412-216.90.17 (Fedra Cardenas), titular de la cédula de identidad Nº V.-19.226.736, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 relacionado con el articu.....