lo procedente es como se dijo, REPONER la causa al estado en que el Juzgado de Sustanciación aplique el despacho saneador correspondiente a los efectos que se subsanen las omisiones ut-supra. Y así se establece. En cuanto al escrito de Persistencia interpuesto por la demandada, en virtud de la presente decisión, se hace inoficioso emitir pronunciamiento. Remítase y líbrese