En el día de hoy 10/11/09, se procedió a homologar el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, presentado por el ciudadano JHEISSON DAGLIER CARTA DURAN, en su carácter de Defensor del Niño, Niña y Adolescente, numero 222, adscrito a la Defensoria No. 006 del Municipio Libertador, a solicitud de los ciudadanos PATRICIA CAROLINA GIL MALAVE y DANIEL ALBERTO PEREZ ECHEVERRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.-16.870.982 y Nº V.-16.029.492, respectivamente, a favor de su hija