DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos CÉSAR AUGUSTO QUIARO PEREIRA y NELIDA JOHANNA GAMBOA MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº 8.747.310 y V-14.049.829, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ambos contraído en fecha 20 de noviembre de 2004 por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano Miranda, según Acta de Matrimonio Nº 232, Folio Nº 232 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 2004, de fecha 20 de noviembre de 2004.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solici.....