DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio) de las mejoras y bienhechurias existentes, anteriormente descritas a favor de la "Agropecuaria El Dividive C.A.", debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el Nº 01, Tomo 02-A de fecha 01 de Febrero de 2007, es propietaria de una extensión de terreno con un área de Ochocientas Treinta y Tres con Sesenta y Nueve (833.69 Has)., ubicada en el Sector Dividive del Municipio Julián Mellado del Estado Guárico, dentro de los siguientes linderos generales Norte: Terreno ocupado por la Finca La Esperanza; Sur: Terreno ocupado por la Agropecuaria El .....