Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de menores, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana : ANA FRANCISCA FIGUEROA, representación de sus hijos: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx , en contra del padre de los niños : OMAR ARPON SALAZAR , con motivo del juicio de FIJACIÓN DE PENSIÓN DE ALIMENTOS, por tanto la suma establecida como pensión de la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES (154,00), que es el monto equivalente al 25% del salario mínimo Nacional Urbano, que está establecido en la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE BOLIVARES ( Bs 614,00), que deberá el demandado ya identificado suministrar a sus hijos identificados en autos, por mensualidad adelantada. Igualmente el obligado alimentario "demandado", OMAR ARPON SALAZAR, deb.....