En base a lo anteriormente expuesto éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se ordena la inmediata Libertad Plena del ciudadano OSEDA VILERA RAFAEL ORLANDO, titular de la cédula de identidad Nº 13.482.534, quien se encontraba requerido por el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas de la Ciudad de San Juan de los Morros, según telegrama Nº 090 de fecha 13-04-1999, por la presunta comisión del delito de Quebrantamiento de Condena. SEGUNDO: Se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y al Comando de la Zona Policial Nº 3 de esta ciudad, a los fines de que sea excluido del sistema computarizado SIPOL. TERCERO. Líbrese boleta de Excarcelación al ciudadano OSEDA VILERA RAFAEL ORLANDO, titular de la cédula .....