este Juzgado por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Finalmente se acuerda de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del art. 21de la LOPT expedir copia certificada del escrito transaccional y del presente auto, debiendo el solicitante consignar las copias simples objeto de la certificación. CÚMPLASE CON LO ORDENADO.