DECISION
En fuerza a los anteriores motivos de hecho y de derecho, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las Cuestiones Previas contenidas en los ordinales 2º, 3º y 11º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la parte demandada, y Asimismo, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara el ciudadano ROSA CASTIGLIONI DE DETTO, ELIAS DETTO CASTIGLIONI, ANNA ROSA DETTO CASTIGLIONI y DONATELLA DETTO CASTIGLIONI, contra el ciudadano ALFREDO FERNANDO RINALDI SOTTOLANO, ambas partes anteriormente identificadas, y como consecuencia de ello, se declara el DESALOJO del siguiente inmueble: "casa Quinta denominada "YAY", ubicada en la esquina Suroeste del cruce de las Avenidas Roosvelt y El Cortijo, Urbanización Los Rosales, Parroquia San P.....