-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el presente CONVENIMIENTO suscrito por la parte actora ciudadano ANTONIO BELLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y aceptado por el abogado Jhom Cárdenas, apoderada judicial de la parte demandada ciudadano OSMEL RUIDO, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por MARIA DEL CARMEN RAVENTOS DE CORBEIRA contra OSMEL RUIDO. En consecuencia, se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la ciudad de Caracas, a los Once (11.....