Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Se ADMITE la acción de Amparo Constitucional ejercida por la ciudadana, JOSEFINA IBARRA VIÑA, debidamente representada por su apoderada judicial la Abogada, YEXXY PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.722, en su carácter de Procuradora de Trabajadores en San Juan de los Morros, Estado Guárico en contra del MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUARICO.