Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: CARLOS ENRIQUE RAMIREZ VELIZ y ANIUSKA CECILIA DE LA CHIQUINQUIRA RAMOS COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.670.070 y V-14.345.253, respectivamente, contraído en fecha Catorce (14) de Octubre del 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo de San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio registrada bajo el Nº 61 del año 2010, con fundamento en la Sentencia Nº 693 de fecha 02 de Juni.....