DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El Socorro y Santa Maria de Ipire de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud y en consecuencia, DISUELTO el VINCULO MATRIMONIAL existente, entre los ciudadanos FRANK ALBERTO RODRIGUEZ GAMARRA Y LINDA ZORAIDA OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 8.799.007 Y V- 10.980.146, contraído en fecha Veintitrés (23) de Junio de Mil Novecientos ochenta y nueve (1.989), por ante la Oficina de la Prefectura del Municipio El Socorro Distrito Zaraza, del Estado Guárico; tal y como se evidencia de Acta de Matrimonio Nº 37, folios 89 al 91, del Año 1.989, con fundamento en el Artículo 185 "A", del Código Civil Venezolano.
Como lo dispone el Artículo 506 del Código Civil Venezolano, defi.....