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Decisiones del dia 11/07/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2015-001150 N° Sentencia : Fecha: 11/07/2016
Procedimiento:
Enfermedad Ocupacional
Partes:
JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ VS. ISBEPA DE MANTENIMIENTO, C.A., CLEANCO MULTISERVICIOS, C.A., Y, DE MANERA PERSONAL Y SOLIDARIA CONTRA LOS CIUDADANOS ERIC DE LA VEGA BESTEIRO, LUIS GULLERMO CHACÍAN Y GILBERTO USECHE
Resumen:
En virtud que en el presente asunto las partes no han realizado actuaciones procesales desde el día 11 de mayo de 2015, por lo cual no se ha impulsado la causa incoada, evidenciándose que se ha producido una falta de gestión que ocasiona la perención, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en su artículo 201 que establece "...Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (01) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el Juez, este último deberá declarar la perención...", concatenado con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, este Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declara la Perención de la Instancia, todo ello con motivo de la demanda por prestaciones sociales, otros conc.....
Juez/Ponente:
Hector Eliezer Mujica Ramos
Organo:
Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2015-001425 N° Sentencia : Fecha: 11/07/2016
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
CARLOS ALCIDES LEÓN VS. C.A. CIGARRERA BIGOTT SUCS.
Resumen:
En virtud que en el presente asunto las partes no han realizado actuaciones procesales desde el día 28 de mayo de 2015, por lo cual no se ha impulsado la causa incoada, evidenciándose que se ha producido una falta de gestión que ocasiona la perención, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en su artículo 201 que establece "...Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (01) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el Juez, este último deberá declarar la perención...", concatenado con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, este Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declara la Perención de la Instancia, todo ello con motivo de la demanda por prestaciones sociales y otros con.....
Juez/Ponente:
Hector Eliezer Mujica Ramos
Organo:
Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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