Es por los razonamientos precedentemente expuestos que este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal, Extensión Valle de la Pascua, Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar el beneficio de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO (DESTACAMENTO DE TRABAJO ) al ciudadano penado MIGUEL LORENZO OROPEZA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No 20.964.167, natural de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, donde nació el día 30-07-1979, hijo de DOMINGO ANTONIO MESA (d) y MARIA MERCEDES OROPEZA , soltero, sin residencia conocida, obrero, en virtud de que ha cumplido con los requisitos establecidos taxativamente en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, cuya alternativa de cumplimiento de pena otorgada deberá cumplirla en la Zona Agrícola anexa a la Penitenciaría General de Venezuela, SOMETIDO A VIGILANCIA, con salida a su sitio de trabajo en horas de la mañana, y .....