En mérito de la anterior exposición este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA DEL DEMANDADO Y CON LUGAR, la demanda de COBRO DE BOLIVARES intentada por la sociedad mercantil ADMINISTRADORA INTERCANARIVÉN, C.A. contra el ciudadano DOMINGO CONTRERAS PEREZ; en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la siguiente cantidad:
Primero: La cantidad de VEINTICINCO MIL SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON 82/100 (Bs. 25.075,82) por concepto de las cuotas de condominio correspondientes a los meses desde septiembre del año 2011 hasta enero del año 2014, ambos inclusive. Igualmente, se acuerda la corrección monetaria de estas cantidades aplicando los índices de precios al consumidor, del Banco Central de Venezuela, desde la fecha de la demanda y hasta la fecha de la presente.....