Declara: Primero: SIN LUGAR el recurso de nulidad incoado por Sindicato Único Profesional Nacional de Trabajadores de las Industrias Metalmecánicas Mineras Siderúrgicas Similares y Conexos de Venezuela (SUNAMETAL) el cual se encuentra debidamente inscrito en el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (R.N.O.S) en fecha 04/04/1994 Registro número 082 -1994-02-00004, contra la Providencia administrativa número 0001-15 de fecha 02/01/2015, expediente 023 2014 - 04 - 0004 emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador Sede Norte, dictado en el procedimiento de suspensión parcial y temporal de la relación de trabajo. segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. tercero: Se deja constancia que el lapso (cinco días de despachos conforme al art. 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día –exclu.....