SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano RAMON AGUILAR, en su condición de apoderado judicial de la parte accionante, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana MERCEDES DEL CARMEN LIZANO DE RIOFRIO contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO PASCAL Y ADMINISTRADORA INTERCANARIVEN C.A. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Se confirma el fallo recurrido.