SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada y SE REPONE la causa al estado que el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, fije por auto expreso, el primer día hábil siguiente al recibo de las actuaciones, la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar.