Lo que nos da un total de VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.F.23.861,78). La parte actora expone: visto el ofrecimiento de parte demandada hace, acepto el mismo en los términos expresados y solicitamos se ordene el cierre y archivo del expediente. En este estado la representación de la parte demandada expone: aceptamos dicho acuerdo en nombre de nuestra representada y que se nos expida copia certificada del presente acuerdo. Ambas partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en los artículos 6 y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de manifestación de voluntad de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Este Tribunal ordena el cierre y archiv.....