Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la nulidad de la Oferta Real presentada por la SOCIEDAD DE COMERCIO CONSORCIO MAQUIVIAL OTASSCA, al ciudadano ROBERT BUD RENGIFO OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.768.702, y en consecuencia se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del presente expediente.