decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la pretensión de Cobro de Bolívares (vía Intimatoria), deducida por la sociedad mercantil Banesco, Banco Universal C.A., en contra de la sociedad mercantil Hercatt Corporación C.A. y el ciudadano Wilmer Alfredo Hernández Cattafi, a tenor de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordada relación con lo previsto en el artículo 269 ejúsdem y, en consecuencia, se declara CONSUMADO el presente procedimiento